Pensión asistencial de ancianidad
Descripción
Este beneficio consiste en ayuda económica mensual para personas mayores de 65 años, carentes de recursos económicos y sin previsión social.
¿Para quienes?
Personas mayores de 65 años, carentes de recursos económicos y sin previsión social.
Importante es que el ingreso per cápita del postulante (determinado según información de Encuesta Ficha Familia) no supere el 50% de la pensión mínima establecida en el inciso 2º del artículo 26 de la Ley 15.386 Posteriormente el municipio realiza una encuesta en los hogares de los postulantes (Ficha Familia) a fin de establecer puntajes socioeconómicos.
Serán preseleccionados los postulantes que reúnan los requisitos y remitidos a la Intendencia Regional , que es el único organismo legalmente facultado para determinar nuevos beneficiarios de pensiones.
El proceso concluye cuando la Intendencia selecciona al nuevo beneficiario, lo que será comunicado por el municipio en visita al domicilio del interesado.
Requisitos:
- Cédula de identidad original y fotocopia.
- Certificado de residencia de Junta de Vecinos
- Certificado de nacimiento, original y fotocopia (en caso de no tener Cédula de Identidad).