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JPL – INFORMACIÓN SOBRE PARTES EMPADRONADOS

  • JPL – INFORMACIÓN SOBRE PARTES EMPADRONADOS

Muchas veces nos surgen dudas sobre lo que realmente es un Parte Empadronado y las diferencias que éste tiene con los partes que normalmente cursan Carabineros y sus implicancias legales.

Pues bien, este tipo de partes, al igual que cualquier otro, son denuncias sobre infracciones cometidas a las leyes tránsito vigente y su estructura de penalización corresponde a la misma que rige a todo tipo de infracción del tránsito.

Pero, podemos ver que existen dos grandes tipos de infracciones: las que cometemos al ir conduciendo un vehículo (exceso de velocidad, no señalizar al doblar en una esquina, etc.) y las que cometemos estando detenidos (o estacionados), en las cuales no necesariamente nos encontramos en el vehículo mientras las cometemos. De estas últimas nacen los Partes Empadronados, los cuales deben cursarse no a una persona sino que a un vehículo específico, cuyo conductor no se encuentra presente, por lo cual, según la ley, se debe citar al dueño para que asuma la responsabilidad. Si la infracción sorprendida se refiere a un vehículo en movimiento, igualmente será citado el propietario del móvil, y se considerará parte empadronado.

¿Qué pasa si no pago un parte empadronado?

Si una persona citada por el tribunal por un parte empadronado, no se presenta en la fecha señalada ni lo paga una vez dictada la sentencia en rebeldía, el propietario estará impedido de renovar el permiso de circulación del vehículo desde el momento en que se registre la infracción en el Registro de Multas de Tránsito Impagas a cargo del Registro Civil.

Si quiere saber más de este tema, puede consultar haciendo click en este LINK

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