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Plan Regulador Comunal de Viña del Mar

EXTRACTO DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA DEL MAR.

La presente publicación corresponde al Extracto del Acto de Inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica relativa a la Actualización del Plan Regulador Comunal de Viña del Mar, según DA. N° 5261 del 10 de mayo de 2022, en concordancia con lo señalado en el artículo N° 16 del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica. (Decreto 32/2015, MMA).

  1. ORGANO RESPONSABLE: Ilustre Municipalidad de Viña del Mar.
  • RESUMEN DE ANTECEDENTES:
  • Los fines o metas que se busca alcanzar con el instrumento en cuestión;

El fin de la actualización del Plan Regulador Comunal es formular un instrumento de planificación territorial que, reflejando y evaluando la realidad actual de Viña del Mar, proyecte el crecimiento de la comuna de forma sustentable y equitativa, con enfoque en el desarrollo sostenible del territorio; a partir de la identificación y cuidado de sus atributos ambientales y naturales, promoviendo la equidad socio-espacial, el desarrollo económico sostenible, proyectando el crecimiento acorde con las capacidades, oportunidades y riesgos presentes en el territorio, y la puesta en valor de sus recursos de valor patrimonial cultural y natural.

  1. El antecedente o justificación que determina la necesidad de desarrollarlo y procedencia de aplicación de Evaluación Ambiental Estratégica;
  • Desactualización y conflictos urbano-ambientales.

La ciudad de Viña del Mar cuenta con el actual Plan Regulador Comunal desde el año 2002.  En el transcurso de los 20 años de vigencia de este instrumento, la ciudad ha experimentado profundas transformaciones urbanas que se relacionan principalmente con dos fenómenos. El primero de ellos es la creciente influencia que ejerce el Gran Santiago sobre la costa de la Región de Valparaíso. El segundo es el crecimiento e integración del Área Metropolitana de Valparaíso, proceso que sitúa a la comuna de Viña del Mar, en el centro de la conurbación, siendo el principal polo comercial y laboral del Gran Valparaíso.

Si bien el Plan Regulador se ha ajustado y corregido en estos últimos 20 años, dados los fenómenos, problemáticas y potencialidades que se originan por el nuevo rol de la comuna como el espacio central del área metropolitana del Gran Valparaíso, se requiere su revisión completa e integrada incorporando además la dimensión ambiental en la planificación urbana.

Finalmente, tanto el estallido social como la pandemia han comenzado a modificar el escenario urbano antes descrito, agudizando los problemas de precariedad urbana y afectando gravemente las actividades económicas que se desarrollan en los distritos fundacionales y el borde costero, lo cual repercute en toda la comuna.

En síntesis, el actual escenario urbano impulsa un crecimiento alejado de los principios de sustentabilidad, con una ciudad más segregada, más precaria con un distrito céntrico debilitado, en un nuevo proceso de expansión y con mayor congestión.

  • Necesidad de adecuación ante cambios normativos y procedimentales.

El plan regulador comunal se debe adecuar a los cambios normativos ocurridos en la legislación urbana y medio ambiental, tales como la Ley N° de Aportes al Espacio Público, la Ley N° 21.078 de Transparencia del Mercado del Suelo, la Ley N°21.202 de Humedales Urbanos, entre otros, de forma que el nuevo instrumento de planificación territorial tenga el respaldo técnico – jurídico necesario para su aplicación y operación.

  • Procedencia de aplicación de EAE

El proyecto de nuevo Plan Regulador Comunal será sometido a la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) ya que las modificaciones a las normas urbanísticas que se deban proponer en el proyecto de Plan Regulador podrían incurrir en cualquiera de las situaciones señaladas en los ptos. ii) a vii) de la letra d) del artículo N° 29 del Reglamento de la EAE (Decreto 32/2015 Ministerio de Medio Ambiente).

  1. El objeto o las temáticas a abordar que persigue la actualización del PRC son las siguientes:
  • Establecer un desarrollo urbano socialmente integrado, generando condiciones para por un lado inducir la localización de segmentos de clases medias y vulnerables en el territorio comunal, y por otro retener los segmentos altos, revirtiendo los procesos de segregación social urbana actual promoviendo barrios integrados y diversos.
  • Fomentar la movilidad urbana sustentable, fortaleciendo las condiciones para la diversificación modal del transporte público, apuntando a la calidad y a la cobertura del sistema, apoyando las políticas en el mejoramiento de la infraestructura comunal.
  • Fomentar la recuperación de los barrios deteriorados y/o sin consolidación urbana, para localizar en ellos la nueva oferta residencial, evitando la utilización de suelo natural y aquella de alta vulnerabilidad ante riesgo de desastres.
  • Integrar los elementos naturales y condiciones geográficas de la comuna a las dinámicas urbanas de manera armónica con el fin de disminuir la exposición de la población a riesgos de desastres naturales.
  • Reconocer el patrimonio local e identificar nuevas variables para su valoración.
  • Resguardar, proteger y potenciar el patrimonio natural, recuperando y resguardando las áreas más frágiles y/o deterioradas y aquellas con un alto valor ecológico
  • Generar las condiciones para el fortalecimiento de la base económica interna de la comuna, estableciendo especial interés en la diversificación productiva.
  • Preparar a la ciudad para los desafíos que presenta la actual Emergencia Climática, considerando los elementos necesarios para una adaptación al Cambio Climático.
  • Promover la integración espacio territorial de la ciudad en todos sus barrios y sectores, cautelando que las áreas más retrasadas o de mayor precariedad urbana, sean debidamente incorporadas en un desarrollo sistémico y armónico, favoreciendo así la sinergia territorial.
  1. Su ámbito de aplicación territorial y temporal;

El ámbito de aplicación es la totalidad del área urbana de la comuna de Viña del Mar.

Se espera que esta actualización del Plan opere en un horizonte de 10 años, según lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 28 sexies, sobre la actualización periódica de los instrumentos de planificación territorial.

  • CRITERIOS DE DESARROLLO SUSTENTABLE QUE SE CONSIDERAN:
  • Crecimiento urbano adecuado a los riesgos ambientales y los efectos del cambio climático
  • Equidad Territorial e Integración Socioespacial
  • Conservación del patrimonio construido, diseño urbano fundacional y los barrios tradicionales consolidados.
  • Protección y Expansión de Áreas Verdes, corredores ambientales, cursos de agua y sistemas ambientales.
  • Crecimiento compacto, reciclaje urbano y fortalecimiento de centralidad barrial.
  • Base económica comunal, productivamente diversa, resiliente y con foco en la economía circular.
  • OBJETIVOS AMBIENTALES.
  • Evitar o disminuir las condiciones de vulnerabilidad ante riesgos tales como; remoción en masa, inundaciones, tsunamis, incendios forestales, sismos, escasez hídrica y suelos contaminados.
  • Favorecer las condiciones y estándares ambientales de la comuna que inciden en la calidad de vida de la ciudadanía, implementando a través del IPT medidas de control de externalidades ambientales propias del desarrollo urbano.
  • Proteger, consolidar y recuperar las áreas naturales, junto a la red hídrica que las integra, los corredores ecológicos y los sistemas ambientales en general, así como también los atributos paisajísticos de la ciudad, evitando la expansión urbana desregulada, promoviendo así la equidad ambiental del territorio comunal.
  • Promover la regeneración de sectores deteriorados, fortaleciendo la identidad en equilibrio con el desarrollo del territorio comunal, además de identificar y reconocer el patrimonio edificado de la comuna, tales como los barrios consolidados y sus sectores históricos emblemáticos.
  • LUGAR DE DISPOSICIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LA EAE.

En conformidad con el Art. N° 17 del Reglamento para la Evaluación Estratégica (DS. N° 32/15), el acto administrativo de inicio de la EAE con sus antecedentes, estará disponible por un período de al menos 30 días -a contar de la fecha de publicación del presente Extracto del N° 5261/22 en el Diario Oficial de la República de Chile-, en dependencias del Departamento de Asesoría Urbana de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, ubicado en calle Quillota N° 0152 3er piso, (entre calles Arlegui y Valparaíso) entre 9:00 y 14:00 horas. Además, se podrán revisar en la página Web institucional (www.munivina.cl).

Durante el plazo mencionado en el párrafo anterior, cualquier persona natural o jurídica podrá:

a) Aportar antecedentes cuya consideración estime relevante para la adecuada elaboración de la política, plan o instrumento de ordenamiento territorial en cuestión.

b) Formular observaciones al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica desarrollado hasta ese momento.

Los aportes y observaciones deberán realizarse en forma escrita, dirigidos a la alcaldesa y entregados en la Oficina de Partes de la Municipalidad (ubicada en calle Arlegui n° 615). También podrán ser enviados a través del correo electrónico prc@munivina.cl o completando el formulario disponible en el sitio web www.munivina.cl junto a los antecedentes.

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