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Jueves 28 de Marzo de 2024 | Dólar: | UF: | UTM: | Emergencias

JPL – INFORMACIÓN SOBRE EL 25% DE DESCUENTO

JPL – INFORMACIÓN SOBRE EL 25% DE DESCUENTO

  • JPL – INFORMACIÓN SOBRE EL 25% DE DESCUENTO

Para el caso que se sorprenda a personas cometiendo infracciones de carácter graves, menos graves o leves (se exceptúan las infracciones gravísimas) a la Ley de Tránsito o a las normas de transporte terrestre, que no hayan causado lesiones o daños materiales, el denunciado podrá eximirse de concurrir al Tribunal en cumplimiento de la citación que se le haya cursado y se entenderá que la acepta, poniéndose término a la causa, por el sólo hecho de pagar la multa asociada a la respectiva infracción, dentro del plazo de quinto día de notificada la denuncia, debiendo presentar la boleta de la citación, en la que se consignará la infracción cometida.

En este caso, tendrá derecho a que se le reduzca en un 25% el valor de la multa establecida en la Ley.

El pago deberá hacerse en la Tesorería Municipal correspondiente al lugar en que se haya cometido la infracción, o en la entidad recaudadora con la que haya celebrado convenio esa Municipalidad, quienes harán llegar al Tribunal el comprobante de pago a la brevedad, con el objeto de proceder al archivo de la causa.

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